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¿Cuáles son los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

A pesar de ser una Ley vigente desde 2015, son muchas las personas que desconocen que es posible cancelar las deudas para empezar de nuevo sin arrastrar esta carga a lo largo de su vida. Hablamos de la Ley de Segunda Oportunidad, una ley que recogió en 2015 precisamente eso, la posibilidad de ofrecer una segunda oportunidad a aquellos particulares o autónomos que no pueden hacer frente a sus dudas. ¿Quieres saber si puedes solicitar este proceso? Sigue leyendo este artículo que hemos preparado desde Orejas Abogados con la intención de que conozcas cuáles son los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.

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Qué es la Ley de Segunda Oportunidad

Salvar una situación de quiebra mediante la Ley de Segunda Oportunidad

Técnicamente a la Ley de Segunda Oportunidad se la conoce como Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social. Esta ley supuso la introducción en la Ley Concursal del mecanismo de salvación para muchas personas que se encuentran en una situación de quiebra económica, de la cual parece difícil poder remontar.

Con la Ley de Segunda Oportunidad las personas que, debido a las deudas, no pueden tener cuentas de crédito, alquilar un piso o contratar suministros básicos como la luz, agua o teléfono, ahora sí que pueden seguir con sus vidas y empezar de cero sin cargas.

Hasta ahora, las deudas debían hacerse frente con el propio patrimonio presente y futuro. Pero gracias a la Ley de Segunda Oportunidad y a la consiguiente exoneración de la deuda, la persona vuelve a tener solvencia y desaparece de los listados de morosidad. De esta manera, una vez exonerada la deuda, la persona puede solicitar financiación, puede volver a tener tarjetas de crédito y, en definitiva, puede empezar una nueva vida.

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En qué consiste el procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad

Para entender cómo actúa esta Ley, te vamos a explicar cuáles son sus tres fases diferenciadas:

1-Acuerdo extrajudicial de pagos

Lo primero que hay que hacer antes de solicitar la aplicación de lo previsto en la Ley de Segunda Oportunidad es tratar de negociar con los acreedores las condiciones de la deuda. Se pueden hacer quitas o rebajas que pueden llegar a ser del 99% de las deudas y/o acordar el aplazamiento en los pagos hasta 10 años sin intereses, siempre que esto se encuentre en consonancia con los ingresos del deudor.

De esta manera, se da la posibilidad a los acreedores de que reciban algún pago si aceptan el acuerdo.

Este proceso de negociación podrá durar, como máximo, dos meses, según indica la Ley de la Segunda Oportunidad.

2-Concurso consecutivo

Si no se ha llegado a ningún acuerdo con los acreedores, comienza la segunda fase del concurso que suele archivarse cuando no hay bienes. Si existen bienes, entonces se procede a la liquidación y a la aplicación de lo obtenido al pago a los acreedores para después concluir el concurso.

3-Exoneración de las deudas

La tercera fase es el llamado BEPI, Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho, por el cual el juez exonera el cien por cien de las deudas no satisfechas.

¿Cuáles son los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

Ahora que ya conoces lo ventajoso que puede resultar este proceso, seguro que te estás preguntando si cumples con los requisitos para acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad.

Pues bien, como ya te hemos adelantado, este mecanismo está pensado para las personas físicas, ya sean particulares, autónomos, pensionistas, etc. que no pueden hacer frente a las deudas contraídas y se encuentran en situación de insolvencia. También es posible solicitar la Ley de Segunda Oportunidad cuando se prevea que en un futuro inmediato no va a ser posible hacer frente a las deudas.

Anteriormente, sólo las personas jurídicas podían disolverse y pagar tan solo las deudas que permitiera la liquidación del patrimonio, mientras que las personas físicas debían arrastrar las deudas toda su vida. Sin embargo, esta Ley sí permite que los particulares, familias o autónomos puedan beneficiarse del perdón de sus deudas para poder empezar de cero, sin cargas.

Además de tener en cuenta todo ello, existen una serie de requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad:

1-Demostrar que no puedes pagar tus deudas

El primero de los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, ya seas persona física o autónomo, es que te encuentres en situación de quiebra y debes demostrar que has liquidado todos tus bienes o patrimonio en el concurso y ya no puedes hacer frente a las exigencias de los deudores porque no te quedan activos, como bienes o dinero en efectivo.  A no ser que se trate de activos que resultaría más caro, o antieconómico, vender que conservar.

2-Deuda no superior a los 5 millones de euros

Otro de los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad es que la cuantía de la deuda no sume más de 5 millones de euros.

3- Acreditar que has procedido de buena fe 

El juez debe considerar que eres un deudor de buena fe. La interpretación de si ha existido buena fe o no es muy controvertida, pero demostrar que se ha actuado bien es uno de los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.

Por normal general se considera que eres un deudor de buena fe cuando:

-No debes haber cometido delitos de tipo económico. No debes haber sido condenado en los 10 años anteriores por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, por falsedad documental o contra los derechos de los trabajadores.

-El concurso consecutivo, que es la segunda fase del proceso, no tienes que haber sido declarado culpable. Podría declararse culpable por ejemplo por haber provocado de forma voluntaria tu situación de insolvencia para así poderte acoger a esta ley.

4- Existen también unos requisitos objetivos

-Has negociado o intentado lograr un acuerdo sobre la deuda antes de iniciar el concurso. Siempre que sea posible debes intentar llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos.

– Debes de haber pagado un mínimo de créditos en el concurso, como por ejemplo al administrador concursal.

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¿Es posible acogerse varias veces a la Ley de la Segunda Oportunidad y obtener el perdón de la deuda?

Durante la vida de una persona es posible que sufra varios contratiempos económicos. Por eso la Ley prevé la posibilidad del perdón de la deuda en más de una ocasión. No obstante, es necesario tener en cuenta una serie de plazos para acogerse de nuevo a la Ley de Segunda Oportunidad.

¿Es posible seguir trabajando si se ha pedido la Ley de Segunda Oportunidad?

Puesto que el propósito de esta Ley es garantizar la continuidad de los negocios y que las personas puedan subsistir, la Ley de Segunda Oportunidad sí que permite al deudor que siga trabajando de forma habitual, ya sea por cuenta propia o ajena.

Lo que sí debes tener presente es que durante el plazo que dura el proceso, el administrador concursal va a tutelar la situación económica del deudor. Para ello, se establece un control de la actividad económica y financiera, así como la asignación de los recursos necesarios para subsistir mientras termina el proceso.

¿Es posible que se revoque o se retire el perdón de las deudas?

Cuando después de seguir el proceso indicado se conceda el perdón de las deudas, podría revocarse el beneficio cuando se descubre que el beneficiario del perdón de la deuda ha ocultado bienes, derechos o ingresos durante el proceso.

Cómo comprobar si se cumple con los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad

Para comprobar si se cumple con los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad es recomendable contratar a un abogado especialista en Derecho Concursal para la tramitación de todo el proceso. Como puedes comprobar, la Ley ofrece muchas soluciones y privilegios al deudor, pero si quieres aprovechar de la mejor forma posible cada una de las ayudas conviene que cuentes con el apoyo y consejo de profesionales. En Orejas Abogados nos encargamos de todo para que tú puedas disfrutar de tu nueva tranquilidad.

Nuestra función como abogados al servicio del deudor consiste en hacer que la contratación de nuestros servicios no sea para ti un gasto más. Todo lo contrario, en Orejas Abogados somos muy conscientes de las dificultades financieras por las que estás pasando y es por eso que adaptamos nuestros honorarios y formas de pago. Así podrás recibir la ayuda que necesitas.

Además, debes de tener en cuenta que, durante el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad, el deudor no debe pagar a sus acreedores. También se paralizarán los intereses de los préstamos y no se pueden iniciar ejecuciones contra los bienes del deudor. De esta manera, la Ley de Segunda Oportunidad da todas las facilidades al deudor para que pueda hacer frente al pago de los honorarios del abogado, del notario y los aranceles del administrador concursal, que son los gastos mínimos en los que es necesario incurrir si se quiere obtener los beneficios previstos por la Ley de Segunda Oportunidad.

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Estudiamos tu caso

Esperamos que este artículo te haya resuelto muchas dudas. Pero si quieres que estudiemos tu caso y que comprobemos si cumples con los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, ponte en contacto con nosotros.

En nuestro despacho Orejas Abogados, estamos especializados en ley Concursal y tenemos un 100% de éxito en procedimientos de Ley de Segunda Oportunidad. Entérate de todo en tu primera consulta gratuita. También puedes seguir informándote en nuestros perfiles de Facebook, Instagram y el canal de YouTube.