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Moratoria concursal 2021. Plazos para presentar concurso de acreedores

Tenemos una nueva prórroga de la moratoria concursal 2021.

El pasado 14 de marzo era la fecha límite establecida por la anterior prórroga de la moratoria concursal. La medida se había puesto en marcha hace un año con el primer estado de alarma. Ahora se ha vuelto a ampliar con la idea de evitar la destrucción de empresas por falta de liquidez. Esta vez la fecha tope será el 31 de diciembre.

¿Qué ventajas e inconvenientes supone esta nueva moratoria concursal 2021? ¿Qué es lo que más te conviene si te encuentras en esta situación? Enseguida te lo contamos todo.

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Qué finalidad tiene la moratoria concursal 2021

La moratoria suspende la obligación que tienen las sociedades de solicitar el proceso concursal o concurso de acreedores en caso de insolvencia. Tampoco  se admitirán a trámite las solicitudes de concurso necesario que presenten los acreedores.

Cuando una empresa no puede pagar sus deudas a los acreedores, o prevé que no podrá en breve, tiene dos meses para pedir el proceso concursal voluntario. En caso de no hacerlo, pueden ser los acreedores quienes soliciten la declaración del concurso necesario que puede resultar más perjudicial que el voluntario.

Hace un año, con el estallido de la pandemia por COVID-19 y las restricciones que vivimos, era evidente que muchas empresas iban a tener enormes dificultades para afrontar sus pagos y obligaciones. Es por ello, que el Gobierno decidió suspender la obligación de solicitar el proceso concursal.

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De esta forma, se intentaba ganar tiempo para que las empresas se recuperasen. Y a su vez, evitar una avalancha de procedimientos y la consiguiente destrucción del tejido productivo y empresarial.

Sin embargo, la pandemia se está alargando y parece que las medidas adoptadas por ahora no bastan. Por ello, el Gobierno se ha visto forzado a prorrogar otra vez la moratoria concursal 2021.

De nuevo, la finalidad de esta prórroga es la de ampliar el plazo para que las empresas consigan reequilibrar sus balances e impedir procesos concursales que no siempre son necesarios, ya que pueden deberse a un desequilibrio puntual.

También se amplían los tiempos para renegociar con los acreedores, tanto en convenios concursales, como acuerdos de refinanciación.

La obligación de declararse en concurso se suspende, aunque ya se haya comunicado la apertura de negociaciones extrajudiciales con los acreedores, que son herramientas que se utilizan de forma previa al concurso.

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Cuanto antes, ¿mejor?

Hay que destacar que, a pesar de esta nueva prórroga de la moratoria concursal 2021, las empresas sí pueden solicitar el concurso de acreedores, si lo creen oportuno. Esta moratoria exime de su obligatoriedad, pero no prohíbe hacerlo de forma voluntaria.

Pero, además, la moratoria concursal 2021 no indulta al administrador social de su posible determinación de culpabilidad si se produce un agravamiento de la insolvencia de la empresa. Es decir, el Decreto no modifica su responsabilidad en situación de insolvencia. Así, en el supuesto de que exista insolvencia actual o inminente, los administradores deben anticipar las soluciones necesarias.

En la mayoría de las ocasiones acudir a un concurso de acreedores con la debida anticipación es clave para lograr mantener a flote una empresa. Por tanto, si está claro que esta es la solución, ¿por qué retrasarlo hasta el 31 de diciembre?

Hay que tener en cuenta que cada día que pasa, la compañía o empresa se va debilitando frente a una posible negociación con sus acreedores. Este retraso va reduciendo cada vez más las posibilidades de éxito de conseguir un buen acuerdo para ambas partes. Ya que se pueden dar más retrasos en pago de salarios, que se embarguen los bienes o que cada vez sea mayor la falta de confianza de los proveedores hacia la empresa.

En definitiva, en muchos casos lo aconsejable es anticiparse y no esperar a la fecha tope para presentar el concurso de acreedores. Así es como se pueden evitar estos posibles problemas futuros y, en cambio, multiplicar las posibilidades de alcanzar un acuerdo satisfactorio.

Pero también existen casos en los que empresas con problemas puntuales pueden evitar pedir el concurso. Y podrán intentar refinanciar su deuda llegando a acuerdos con los acreedores que ayudan a mejorar la tesorería y conseguir así tiempo hasta que se vaya recuperando cierta normalidad.

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Tomar la decisión correcta

Ahora que ya conoces en qué consiste esta nueva prórroga de la moratoria concursal 2021, es el momento de tomar una decisión sobre el devenir de tu empresa o negocio.  

Hay que entender que las moratorias son buenas si sirven y se aprovecha ese tiempo para refinanciar las deudas. Pero de no ser así, la moratoria concursal 2021 no será más que una excusa para dilatar la toma de decisiones y aparcar respuestas y soluciones.

En Orejas Abogados podemos ayudarte y aconsejarte sobre la mejor forma de actuar. Si tienes una empresa pequeña y no tienes activos que ofrecer a tus acreedores, tu caso se puede resolver rápidamente.

Si eres una persona física podremos estudiar tu caso y pedir el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, el famoso BEPI. De esta manera podrás empezar de nuevo con tu vida libre de deudas gracias a la Ley de Segunda Oportunidad.

En estas circunstancias surgen mecanismos dispuestos a evitar la pérdida de más empresas, como el prepack, que consiste en lograr una liquidación rápida, transparente y eficaz para mantener empleos y salvar negocios. En Barcelona ya se utiliza este mecanismo.

Como ves existen diversas soluciones que tienes en tu mano. En nuestro despacho Orejas Abogados estamos especializados en Ley Concursal y tenemos un 100% de éxito en procedimientos de Ley de Segunda Oportunidad. Podemos ayudarte a encontrar la mejor opción para tratar de solventar de la mejor forma posible este tipo de situaciones y evitar las gravosas consecuencias que puede generar. Es posible que haya llegado la hora de acabar con las deudas para poder iniciar una nueva etapa.

Sal de dudas y consúltanos en el 985 25 48 66. Puedes ponerte en contacto con Orejas Abogados a través de los formularios de contacto de esta página web. También encontrarás más información en nuestros perfiles de Instagram y Facebook y en nuestro canal de Youtube. Recuerda que la primera consulta es gratuita y te va a servir para resolver muchas dudas que hoy te tienen bloqueado sobre la moratoria concursal 2021.